En lo que parece ser una muy buena noticia para la Neutralidad de la Red y para los Usuarios de Internet en general, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha declarado ilegal el filtrado de los enlaces P2P por parte de los Operadores de Telecomunicaciones.
"Los derechos de autor no están por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos."
El fallo completo del Tribunal (pdf) en este caso dice en su declaración:
El Tribunal de Justicia responde que el Derecho de la Unión se opone a un requerimiento judicial por el que se ordena a un proveedor de acceso a Internet establecer un sistema de filtrado de todas las comunicaciones electrónicas que circulen a través de sus servicios, que se aplique indistintamente con respecto a toda su clientela, con carácter preventivo, exclusivamente a sus expensas y sin limitación en el tiempo.
Mucha ha sido la presión de las empresas de la denominada "Industria Cultural" sobre los Gobiernos para luchar contra las "descargas ilegales", para perseguir tanto a los sitios web que comparten vínculos, como a los usuarios que descargan contenido.
Pero, ahora Europa ha dejado claro que no se puede espiar el tráfico de Internet para ver si por una de esas casualidades lo que los ciudadanos están transmitiendo por las redes es ilegal o se viola algún Copyright de alguna de estas empresas de la "Cultura".
Lo que demuestra que esta Industria Cultural sigue sin entender que su Negocio ha cambiado, que quizás sea más sencillo, práctico y sensato pasar en una evolución del Copyright al Creative Commons.
Como dice una publicidad muy conocida acá en Uruguay "Algún día te vas a avivar".
Pero por ahora, nos da mucha alegría esta declaración de un organismo de Justicia con tanto peso, no solo en Europa.
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El Tribunal de Justicia de la UE interpreta el Derecho de la UE para garantizar que se aplique de la misma forma en todos los países miembros. También resuelve conflictos legales entre los gobiernos y las instituciones de la UE. Los particulares, las empresas y las organizaciones pueden acudir también al Tribunal si consideran que una institución de la UE ha vulnerado sus derechos.
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"Los derechos de autor no están por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos."
El fallo completo del Tribunal (pdf) en este caso dice en su declaración:
El Tribunal de Justicia responde que el Derecho de la Unión se opone a un requerimiento judicial por el que se ordena a un proveedor de acceso a Internet establecer un sistema de filtrado de todas las comunicaciones electrónicas que circulen a través de sus servicios, que se aplique indistintamente con respecto a toda su clientela, con carácter preventivo, exclusivamente a sus expensas y sin limitación en el tiempo.
Mucha ha sido la presión de las empresas de la denominada "Industria Cultural" sobre los Gobiernos para luchar contra las "descargas ilegales", para perseguir tanto a los sitios web que comparten vínculos, como a los usuarios que descargan contenido.
Pero, ahora Europa ha dejado claro que no se puede espiar el tráfico de Internet para ver si por una de esas casualidades lo que los ciudadanos están transmitiendo por las redes es ilegal o se viola algún Copyright de alguna de estas empresas de la "Cultura".
Lo que demuestra que esta Industria Cultural sigue sin entender que su Negocio ha cambiado, que quizás sea más sencillo, práctico y sensato pasar en una evolución del Copyright al Creative Commons.
Como dice una publicidad muy conocida acá en Uruguay "Algún día te vas a avivar".
Pero por ahora, nos da mucha alegría esta declaración de un organismo de Justicia con tanto peso, no solo en Europa.
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El Tribunal de Justicia de la UE interpreta el Derecho de la UE para garantizar que se aplique de la misma forma en todos los países miembros. También resuelve conflictos legales entre los gobiernos y las instituciones de la UE. Los particulares, las empresas y las organizaciones pueden acudir también al Tribunal si consideran que una institución de la UE ha vulnerado sus derechos.
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